¡Cese a los hostigamientos! Es el reclamo que hacen los cientos de campesinos que siguen arribando a Ibagué con la intensión de darle ejecución al Paro Nacional del 12 de octubre.
La constitución del 91 ampara el derecho a la libre movilización por todo el territorio nacional y ello implica también el derecho a no movilizarse, lo cual no es otra cosa que el derecho a permanecer donde al ciudadano se le antoje, con tal de no perturbar la tranquilidad de los demás, incluso un parque. En este sentido, el comandante está obligado a cumplir unas directrices de sus mandos superiores, por cuanto se comprometieron a no obstaculizar la protesta y a brindarles la debida protección.
Tras el hostigamiento oficial, variados grupos de campesinos, quienes se hallaban en lugares vecinos, acudieron a respaldar a sus compañeros de lucha para que los funcionarios policiales desistieran de sus antidemocráticas y totalitarias posiciones, logrando su retirada.
El caso mencionado, por desgracia, es solo uno entre muchos eventos ocurridos. Por eso, el movimiento campesino reclama a las autoridades las garantías necesarias, como lo contempla la constitución política y la Ley, en aras de expresar sus posiciones, ideas y necesidades ante el pueblo en general y sus gobernantes en particular.
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